Preguntarle al presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, lo que él no quiere que le pregunten es un agravio.
La escena no es nueva desde que fue elegido para su primer período en 2002. Pero ahora la cosa ha empeorado: pasó de enojarse a recriminar en público y en presencia de todos los medios de comunicación a quien, simplemente, en un país en el que él que consagra la libertad de expresión como bandera, intente cuestionar cualquiera de sus actuaciones. Ya sea porque no le gustó la pregunta, porque no la quiere responder o porque simplemente no le gusta el medio en el que está el periodista.
Recientemente pregunté al Jefe de Estado cuánto tiempo más tendrían que esperar los secuestrados para regresar a casa si las Farc exigen canje, el Gobierno dice que no canje y mientras tanto pasaban años y años de sufrimiento para esas víctimas y sus familias.
Esa inquietud está en la boca de muchos colombianos y más en la de las familias de los rehenes. Pero para el Primer Mandatario preguntar eso fue una ofensa porque a su juicio se puso a Gobierno y guerrilla en el mismo nivel de importancia. ¿Es eso lo que más preocupa o que decenas de personas se estén muriendo allá encerradas porque no se ponen de acuerdo las partes para liberarlos? No sé. Esto es un país democrático y la libertad de prensa tiene que ser respetada. O si hay una ley que determine qué sí y qué no se le puede preguntar al Jefe de Estado pues debe ser difundirla cuanto antes para evitar contratiempos.
La escena de regaños a comunicadores por preguntar, expresar, opinar, informar y debatir sobre las decisiones de su gobernante son demasiado repetitivas. Los casos de Daniel Coronell, Holman Morris, Gonzalo Guillen, son apenas unos cuantos que no solo han terminado en regaño sino en posteriores amenazas, dado que por pensar distinto o preguntarle al presidente Uribe algo que no le gustó quedan estigmatizados de ser hasta “rebeldes”.
Así las cosas ¿Qué se le puede preguntar, señor Presidente?
La Constitución Política de Colombia, dispone: ARTICULO 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.
La Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), estableció: Artículo 19 Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Restricciones: La libertad de expresión, está restringida por la propia ley, para garantizar los derechos de los demás y evitar su vulneración. Igualmente está prohibido hacer propaganda a favor de la guerra (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos).

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